Conceptos de Derecho Internacional Público
Las relaciones internacionales quedan inevitablemente regidas por un conjunto de normas que permiten a las naciones mantener una convivencia armónica y una cohabitación pacífica que suelen facilitarles medios lícitos para dirimir sus controversias de una manera civilizada, a la vez que les dan un margen de maniobra para la protección de sus intereses.
Ese cuerpo de normas reconocidas de manera voluntaria por las naciones recibe el nombre de Derecho Internacional, que para todo efecto es la guía que modera el complejo sistema mundial.
El Derecho Internacional, conocido en un comienzo como Derecho de Gentes o Ley de las naciones, es definido por Oppenheim (citado por Moreno, 2001:25) como “el cuerpo de normas consensuales o convencionales que se consideran jurídicamente obligatorias por los Estados en sus relaciones entre sí”.
Por otro lado, García Maynez (2003:145) estima que esta rama del Derecho “es el conjunto de normas que rigen las relaciones de los Estados entre sí y señalan sus derechos y deberes recíprocos”.
Por su parte, el propio José Lion Depetre (1974:11) lo define como el “conjunto de reglas y principios que rige las relaciones de las Personas Jurídicas que forman parte de la comunidad internacional” ya que según lo argumenta, la función del Derecho Internacional va más allá de regular las relaciones entre las naciones, pues su aplicación ha llegado al campo interinstitucional, con el nacimiento de las organizaciones internacionales y organismos especializados que fueron creados con la finalidad de establecer la cooperación política, económica y administrativa internacional y asimismo, por la conciencia que han tomado los Estados sobre la necesidad de construir una sociedad mundial organizada.
En otras palabras, el Derecho Internacional no es más que un consenso de orden mundial por el que las naciones acuerdan sujetar su conducta al respeto irrestricto a los demás estados integrantes de la sociedad global a los que se les reconocen iguales derechos y obligaciones.
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Historia del Derecho Internacional Público
El maestro Carlos Arellano García, se inclina por afirmar que el Derecho Internacional data de tiempos previos a la era cristiana, pues culturas tan antiguas como los fenicios, los sumerios, egipcios, griegos, los hindúes, los hebreos o los chinos emplearon a lo largo de su historia mecanismos enfocados a estrechar su relación con otros pueblos.
Muchas de estas civilizaciones llegaron a suscribir pactos o Tratados de No Agresión que, aunque muy rudimentarios, constituyen los primeros antecedentes del Derecho Internacional.
Uno de los ejemplos más claros, es el Tratado de Qadesh o Kadesh, suscrito entre Ramsés II, Faraón egipcio y el Rey de los Hititas.
De la misma manera, se sabe que muchas de las culturas de la antigüedad se valían de enviados o mensajeros para comunicarse con los pueblos vecinos (El antiguo testamento, es decir, la Biblia hebrea, menciona la figura de los embajadores en algunos de sus versículos).
La cultura romana, ejemplo del desarrollo de la cultura occidental, otorgaba privilegios a los embajadores de otros pueblos y a la vez, exigía un trato igualitario para sus emisarios (Ius fetiale o Derecho de Guerra).
Ahora bien, hay otros autores que dicen que no puede hablarse de Derecho Internacional sino hasta el siglo XVI.
Desde la óptica de Verdross y el maestro César Sepúlveda, fundador de la actual academia diplomática de México, el Derecho Internacional Público, nace de la mano de los Estados-Nación, pues ambos sostienen que no puede entenderse una disciplina jurídica que rige las relaciones entre Estados, cuando éstos no existían como células jurídico-políticas.
Sepúlveda afirma que nuestra materia nace en el siglo XVI, durante el tiempo en que comienzan a integrarse o consolidarse los grandes estados europeos como España, Francia, Inglaterra o Austria.
Según las consideraciones de este mexicano, el Derecho Internacional se asoma con claridad en el Tratado de Westfalia, que fue un acuerdo de Paz suscrito en Alemania durante 1648, a través del cual se logró poner fin a la Guerra de los Treinta Años.
Este tratado, intentó moderar la prepotencia de los grandes imperios que imponían su voluntad sobre otros más débiles y para ello, el Tratado reconoció términos como IGUALDAD JURÍDICA y SOBERANÍA.
Otro de los principales logros de este tratado, fue haber puesto fin a la idea de que el Papa y el Emperador del Sacro Imperio Romano Germánico, podían mediar o interferir en los asuntos de todas las naciones cristianas.
Con esa determinación, se impuso una visión más igualitaria entre las naciones, que rechazaba la injerencia de poderes extraños en los asuntos internos de cada reino, y se afirmaba con una legalidad independiente sobre un territorio determinado.
El papado quedó de este modo apartado definitivamente de la participación que venía ejerciendo en las decisiones de la política europea.
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